|
SITUACION FAMILIAR
Familias con niños. Una “familia” con niños se define como cualquier hogar que incluye uno o más niños menores de 18 años y una de las siguientes personas: El padre/madre o cualquier otra persona que tenga la custodia legal o una persona designada por los padres del menor para cuidar de él, mujeres embarazadas y/o adultos que tienen la intención de conseguir la custodia de un menor en un futuro cercano.
El término “Discriminación” se refiere tanto a negarse a alquilar o vender una residencia a una familia con niños como a tratarles de forma diferente a otros residentes.
Criterios de ocupación. Familias con niños y hacinamiento. El Código de Vivienda Uniforme es parte de la Ley sobre vivienda en California y se refiere a la cuestión de la ocupación en términos de tamaño. Es menos restrictivo que las guías nacionales sobre Vivienda y Desarrollo Urbano (no obligatorias, pero recomendadas) que recogen un criterio de “2 personas por habitación más una”.
Puede utilizar las guías HUD o desarrollar su propia política siempre que la aplique de forma igualitaria. En todo caso, no puede utilizar la ocupación como una excusa para negar el alquiler a una familia con niños si esta alquilando otro apartamento al mismo numero de adultos sin niños. Recuerde: Por lo general, Vd., no puede rehusar alquilar a un solicitante porque hay niños en la familia. Es más, los requisitos para alquilar a familias con niños han de ser los mismos que para cualquier otro solicitante o inquilino.
La única excepción a esta regla es para viviendas diseñadas específicamente para personas mayores (personas de 55 años o más y personas de 62 o más). Para ser calificada como “residencia para mayores” es necesario cumplir con los requisitos legales específicos que pueden incluir un número mínimo de viviendas, limites de residencia basados en la edad y determinadas características de diseño. Por tanto, Es ilegal:
-Mostrar preferencias por adultos o solteros en los anuncios. -Desanimar a familias con niños: -Diciendo cosas malas sobre la casa. -No devolviendo las llamadas. -Retrasando o no asistiendo a citas. -Afirmando que no hay viviendas disponibles cuando en realidad si lo están. -Estableciendo requisitos más estrictos. -Cobrando depósitos de seguridad o rentas más altas. -Imponiendo términos del contrato o reglas de convivencia diferentes. -Restringiendo el acceso de los menores a las áreas comunes. -Limitar a las familias con niños a determinadas plantas del edifico. -Negarse a alquilar a familias con niños basándose en el coste de las medidas de seguridad que es necesario cumplir -Echar inquilinos porque tienen niños. Pero si puede:
Establecer un número de ocupantes basado en el tamaño del apartamento o adoptar el criterio de “dos personas por habitación, más una”
Avisar a todos los inquilinos de que serán considerados responsables de los daños en que incurran. Pedir que los niños menores sean supervisados por una persona responsable.
Escribir una política de convivencia y aplicarla a todo el mundo. Asegúrese de que no utiliza criterios que de alguna forma prohíben niños. Por ejemplo, una persona por habitación, contando las parejas como uno.
|
|