Tras
recibir un aviso de desalojo, muchos inquilinos abandonan, se dan por vencidos
y no responden al aviso. Sin embargo, los inquilinos tienen derecho a una
audiencia en la corte antes de que puedan ser fisicamente desalojados de sus
casas.
Hay dos tipos de
avisos que anuncian al inquilino que va a ser desalojado: Un propietario puede
entregarle un aviso de 30 días o uno de 3. El propietario puede entregar
cualquiera de las noticias, juntas o separadas.
Si un inquilino no
responde de forma adecuada, el propietario puede plantear una acción en la
Corte, la Demanda de retención illegal, (Unlawful Detainer suit, en inglés)
para desalojar al inquilino de su casa. El propietario según la ley, no puede
cambiar las cerraduras, desconectar los servicios (luz, agua, calefacción,
teléfono….) o usar cualquier otra forma de presión para desalojar al inquilino,
el inquilino puede demandar al propietario por danhos de hasta $100 por cada día de violacón de acuerdo con
la Sección 789.3 del Código Civil de California.
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