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Norma AB2330

En vigor desde el 1 de enero de 2003

Los inquilinos tienen derecho a pedir al arrendador que lleve a cabo una inspección de las viviendas de alquiler dos semanas antes de que el inquilino se mude.El propósito de esa petición es proporcionar al inquilino tiempo para hacer pequenas reparaciones, esto debería estar establecido en el contrato y para especificar la limpieza que los inquilinos han de hacer para que se les devuelva todo el dinero del depósito posible. Esta ley también aumenta la cantidad con la que se sancionaá a un arrendador que de mala fe no devuelve el depósito de $600 a el doble de la cantidad del depósito.

En California, todos los depósitos de garantía son reembolsables, si el inquilino deja la vivienda limpia y sin danos, menos los producidos por el uso cotidiano. Ese inquilino tiene un derecho garantizado por la Sección 1950.5 del ódigo Civil de California.

 Ningún alquiler o acuerdo de arrendamiento puede establecer un depósito “no reembolsable”.(Código Civil, Sección 1950.5). Tampoco un arrendador puede evitar la norma de que todos los depósitos son reembolsables reclamando un depósito de “limpieza”, o “cuota”de ‘seguridad” o por mascotas, en lugar de hablar de depósito.

La cantidad total de todos los depósitos que requiera el arrendador de garantía, limpieza, renta del último mes, etc. no pueden exceeder una cantidad igual a dos meses de renta si el lugar no está amueblado. Si la vivienda está amueblada, el límite es una cantidad igual a tres meses de renta.

 La Sección 1950.5 del Código Civil de California dice que el depósito puede ser utilizado “en las cantidades en las que sea razonablemente necesario”  para hacer únicamente las cuatro cosas siguientes:

Ø      Corregir impagos de renta

Ø      Reparar danhos en la vivienda causados por el inquilino que vayan más allá de los causados por el uso cotidiano

Ø      Para limpiar el lugar si fuese necesario

Si el acuerdo de alquiler lo permite, para pagar por la restauración o sustitución de bienes personales.

Renta del ultimo mes. La mayoría de los arrendadores piden algún pago para la renta del ultimo mes. El significado legal de ese requisito depende fundamentalmente de los términos utilizados en el acuerdo o en el contrato de alquiler. Si su contrato de alquiler establece específicamente que ya ha pagado la renta del útimo mes, entonces no tiene porque pagar la renta de nuevo. Cuando avise al arrendador de que se va a mudar, recuérdele que ya pagó ese mes.

Depósito. Un inquilino a menudo pedirá al arrendador que “retenga” un apartamento o casa hasta un momento posterior. Salvo que exista un límite específico sobre qué parte del depósito pertenecen a la “senal” lo normal es que el inquilino haya perdido sus derechos a la devolución de ese dinero. Si el inquilino decide finalmente no alquilar la vivienda, cuanto antes pida la devolución del dinero, más posibilidades tiene en caso de que el caso se presente ante un juez.

 Intereses sobre el Depósito. En California, excepto unas pocas ciudades como Berkeley, Santa Mónica y San Francisco, el arrendador no está obligado a pagar intereses por el depósito de garantía al inquilino. En las ciudades de Oakland y Alameda, los arrendadores no están obligados a pagar intereses por los depósitos de garantía.


Aumento del depósito de garantía.

1)      Si tiene un contrato de alquiler por tiempo determinado, el arrendador no puede aumentar el depósito durante ese período salvo que el contrato permita hacerlo.

2)      Si el depósito de seguridad y otras cuotas ya suman dos veces la renta mensual, no se puede aumentar el depósito de garantía.

3)      Si el depósito de garantía no suma dos veces la renta mensual, el arrendador puede aumentar la cantidad de depósito dando un aviso de no menos de 30 días.

Nuevo propietario de la vivienda. Si el propietario vende el edificio, el/ella ha de hacer una de estas dos cosas, devolver el depósito al inquilino o entregárselo al nuevo propietario. La ley obliga al nuevo propietario a asegurarse de que obtiene todos los depósitos de el anterior propietario. Si no lo hace, sera responsable de devolver el depósito al inquilino al final del alquiler como si fuera el anterior propietario. Además el nuevo propietario no puede obligor al inquilino a reponer ningún depósito que el anterior arrendador se haya quedado.

Haga click aquí para obtener más información acerca de la devolución del depósito de garantía.