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Cuando Necesita Reparaciones su Vivienda

Primero, debería pedir a su arrendador por escrito las reparaciones que necesita en su vivienda. Establezca que, en un tiempo razonable, quiere una respuesta. (Entre 5 y 10 días).

Después debería ponerse en contacto con los inspectores de la ciudad en la que viva. Estos inspectores generalmente no cobran a los inquilinos por la inspección. Si tiene un problema con ratas, cucarachas u otros insectos o plagas, debería ponerse en contacto con Vector Control del Condado de Alameda. Esas agencias harán un informe. Obtenga una copia de ese informe y conservelo para sus archivos.

El Capítulo 109 de la norma 647 de la Asamblea se convirtió en Ley el 1 de enero de 2004.

Esta ley establece que un propietario en el Estado de California no puede pedir renta, recaudar renta, dar un aviso de aumento de renta o emitir un aviso de tres para pagar o irse.

SI:

  1. Una vivienda básicamente carece de protección contra la lluvia, instalación de gas , agua fría y caliente, electricidad, recipientes para basura, peligro de plomo, o sea declarado por debajo de los estándares a causa de que las condiciones en la vivienda sean un peligro para el inquilino y/o para el público.

              Y:

  1. Una agencia pública adecuada inspecciona la vivienda y notifica al arrendador de su obligación de de reparar las condiciones de habitalidad

              Y:

  1. El propietario no repara el problema al menos 35 días después de haber sido notificado

              Y:

  1. El inquilino no causa las bajas condiciones de habitabilidad

Los inquilinos puede hacer valer esos derechos en una acción civil ordinaria o en una corte de reclamos menores. La corte puede ordenar al arrendador a arreglar la propiedad. Si se encuentra que el arrendador está violando la ley, puede ser declarado responsible por danos, costas de abogado y gastos del pleito.

 Nota: Si su vivienda tiene problemas de habitabilidad graves, tenga en cuenta que el inspector de la ciudad tiene el derecho a marcar su vivienda con “etiqueta roja” lo que significa que su vivienda apuntalada y le obligarán a abandonarla sin demasiado tiempo (En casos serios el inspector podría obligor a Ud. y su familia a abandonar la vivienda inmediatamente)
Podría decidir retener la renta hasta que las reparaciones se efectúen. Sin embargo, no le recomendamos esa solución. Si retiene la renta, el arrendador puede presentarle una notificación de desalojo. Deberá entonces presentarse en la corte para defenderse probando en la corte que la vivienda tiene peligrosos e importantes problemas de habitabilidad. Si el juez decide a favor
del arrendador, el inquilino perderá la vivienda y tendrá en su contra una orden de desalojo en su informe de crédito. Eso le hará dificil encontrar otra vivienda. Puesto que retener la renta coloca al inquilino en una situación de riesgo, recomendamos que en su lugar, el inquilino vaya a una corte de reclamos menoresDe esta forma, si pierde, que siempre ha de considerarse que puede ocurrir, no importa lo bueno que parezca el caso, el inquilino no perderá la casa.