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Cuando Necesita Reparaciones su
Vivienda
Primero,
debería pedir a su arrendador por escrito las reparaciones que necesita en su
vivienda. Establezca que, en un tiempo razonable, quiere una respuesta. (Entre
5 y 10 días).
Después
debería ponerse en contacto con los inspectores de la ciudad en la que viva. Estos
inspectores generalmente no cobran a los inquilinos por la inspección. Si tiene
un problema con ratas, cucarachas u otros insectos o plagas, debería ponerse en
contacto con Vector Control del Condado de Alameda. Esas agencias harán un informe.
Obtenga una copia de ese informe y conservelo para sus archivos.
El Capítulo 109 de la norma 647 de la Asamblea se convirtió
en Ley el 1 de enero de 2004.
Esta ley
establece que un propietario en el Estado de California no puede pedir renta, recaudar renta, dar un
aviso de aumento de renta o emitir un aviso de tres para pagar o irse.
SI:
- Una
vivienda básicamente carece de protección contra la lluvia, instalación de
gas , agua fría y caliente, electricidad, recipientes para basura, peligro
de plomo, o sea declarado por debajo de los estándares a causa de que las
condiciones en la vivienda sean un peligro para el inquilino y/o para el
público.
Y:
- Una
agencia pública adecuada inspecciona la vivienda y notifica al arrendador
de su obligación de de reparar las condiciones de habitalidad
Y:
- El
propietario no repara el problema al menos 35 días después de haber sido
notificado
Y:
- El
inquilino no causa las bajas condiciones de habitabilidad
Los inquilinos puede hacer valer esos derechos en una acción
civil ordinaria o en una corte de reclamos menores. La corte puede ordenar al
arrendador a arreglar la propiedad. Si se encuentra que el arrendador está
violando la ley, puede ser declarado responsible por danos, costas de abogado y
gastos del pleito.
Nota: Si su vivienda tiene problemas de habitabilidad graves, tenga en
cuenta que el inspector de la ciudad tiene el derecho a marcar su vivienda con
“etiqueta roja” lo que significa que su vivienda apuntalada y le obligarán a
abandonarla sin demasiado tiempo (En casos serios el inspector podría obligor a
Ud. y su familia a abandonar la vivienda inmediatamente)
Podría decidir retener la renta hasta que las reparaciones se efectúen. Sin embargo,
no le recomendamos esa solución. Si retiene la renta, el arrendador puede
presentarle una notificación de desalojo. Deberá entonces presentarse en la
corte para defenderse probando en la corte que la vivienda tiene peligrosos e
importantes problemas de habitabilidad. Si el juez decide a favor del arrendador, el inquilino perderá
la vivienda y tendrá en su contra una orden de desalojo en su informe de
crédito. Eso le hará dificil encontrar otra vivienda. Puesto que retener la
renta coloca al inquilino en una situación de riesgo, recomendamos que en su
lugar, el inquilino vaya a una corte de reclamos menoresDe esta forma, si
pierde, que siempre ha de considerarse que puede ocurrir, no importa lo bueno
que parezca el caso, el inquilino no perderá la casa.
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